Técnicos de la DGII ya comienzan a irse, ante aprobación de Ley de Salarios
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El director general de Impuestos Internos, Juan Hernández, consideró que de aprobarse el proyecto de ley de salarios como fue propuesto por el Ministerio de Administración y Personal, la gran mayoría de los técnicos en materia tributaria se iría de la DGII, como ya muchos han comenzado a pedir su separación.
En un documento entregado al Senado de la República, Hernández dice que el proyecto es contradictorio, atenta contra la autonomía de la DGII y crearía una situación difícil de corregir respecto a los salarios y los tributos. Reconoce que el proyecto tiene el interés en hacer frente a muchas distorsiones, pero las medidas que aplicaría crearían más problemas que los destinados a ser resueltos.
Admite que un técnico de redes de Datos de la DGII, con una escala de 5 posiciones, devenga un salario por encima del que recibe el presidente de la República, pero lo considera necesario porque de lo contrario esa entidad no pudiera tener la calidad que ha alcanzado al día de hoy.
En un documento remitido a Acento, Juan Hernández expresa lo siguiente: “lo que realmente me preocupa es el número de técnicos calificados que han solicitado su desvinculación ante el temor de la eliminación de la Ley de Carrera nuestra, si se aprobase dicho anteproyecto de ley, tal y como está redactado”.
El documento del director de la DGII remitido al José María Sosa, presidente de la Comisión de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado, se expresa que “de aprobarse el referido anteproyecto de Ley se eliminaría la atribución que ha dispuesto la Ley de Autonomía para administrar sus recursos humanos, poniendo en riesgo la permanencia de los funcionarios de carrera del órgano de la Administración Tributaria que recauda el 74% de los ingresos tributarios”.
Dice Hernández en su carta introductoria, fechada el 17 de julio, que siendo la DGII la entidad que “aporta” la mayor parte de los ingresos del Estado, “no vemos una razón técnica válida que fundamente que la DGII no haya sido excluida del alcance de esta propuesta, más aún cuando han sido exceptuadas entidades que no cuentan con una carrera que cumpla con estas características”.
En relación al tema de los salarios, Juan Hernández, dice que de aprobarse la parte que prohibe que los funcionarios devenguen salarios por encima de los que tiene el presidente de la República, “implicaría por un lado la salida de nuestros mejores técnicos que tienen una alta valoración en el mercado, y por otro, impediría que la DGII pueda contratar personal calificado o idóneo para laborar en la institución, dado el relativo bajo nivel salarial”.
Insiste el funcionario en que excluir a la DGII del referido proyecto restablecería la tranquilidad de los técnicos, “quienes han comenzado un proceso de solicitud de desvinculación ante el riesgo de la eventual aprobación de dicho anteproyecto de ley”.
La evaluación que hizo la DGII del proyecto de Ley de Salarios
El documento remitido por la DGII al Senado ofrece un análisis detallado de los errores y contradicciones de la propuesta de ley de salarios.
Define con los términos que entiende apropiados los cargos de los funcionarios, el concepto de salario y remuneración, así como el nepotismo. Sobre esto último sugiere que una definición de nepotismo debería hacerse plantando “mejoras a las disposiciones vigentes que tocan el tema y que son aplicables directamente a todos los funcionarios públicos”.
Explica los niveles de compensaciones que tiene establecidos la DGII, que lo hace tomando en cuenta las encuestas salariales que se realizan cada año, y que incluye el pago de un salario número 13, más los incentivos por desempeño. Dice que con las encuestas de salario, en las que participan el Banco Central y el Banco de Reservas entre otras 22º instituciones, “nos sirve para comparar el nivel salarial de la DGII con el del mercado financiero, que es con el cual nos comparamos”.
Reivindica el papel de la DGII administrando sus propios recursos humanos, con las mejores prácticas del mercado, porque en caso de no poder hacerlo, se estaría “poniendo en riesgo la permanencia de los funcionarios de carrera del órgano de la Administración Tributaria que recauda el 74% de los ingresos tributarios”.
Finalmente, aborda el artículo 11 del proyecto de ley, que establece que ningún funcionario público podrá devengar un salario mayor del Presidente de la República o al titular de la institución para la cual labora.
De aprobarse, dice el documento de la DGII, “implicaría por un lado la salida de nuestros mejores técnicos que tienen alta valoración en el mercado, y por otro, impediría que la DGII pueda contratar personal calificado o idóneo parfa laborar en la institución dado el relativo bajo nivel salarial.
Es en este punto en que presenta el ejemplo de un cargo “absolutamente técnico que recibe mayor salario que el Presidente de la República. Se trata del Encargado de Administración de Bases de Datos. Como se ve tiene 5 niveles por debajo del Director General y 3 niveles por debajo de la Gerencia de Tecnología. Sin embargo, la DGII dispone de la Base de Datos con mayor tipo de informaciones y volumen del Sector Público y entre las principales del Sector Privado en estos aspectos”.
Técnico de quinta categoría gana más que el Presidente de la República
Ese técnico es vital para la DGII y su salario en el marcado, en empresas con bases de datos con similares características, es de 119 mil pesos.
Explica, sin decir el monto del salario que recibe la posición, que “no existe ninguna posibilidad de reclutar y retener un recurso técnico calificado con las limitaciones para administrar el sistema tributario que establece este anteproyecto de Ley” y que lo mismo aplicaría para todos los puestos de carrera tributaria.
Concluye la DGII diciendo, casi como una letanía: “Es por esto, que ante la incertidumbre de que se mantengan los sistemas de compensación y desarrollo contenidos en la carrera de cual forman parte los técnicos de la DGII, ha comenzado un proceso de que los empleados soliciten su desvinculación ante el riesgo de una eventual aprobación de este anteproyecto de Ley”. FUENTE ACENTO.COM.DO